La lista de traductores oficiales de la Cancillería ya no existe
Llevas rato buscándola y no aparece por ninguna parte. No es que la escondan: el Ministerio de Relaciones Exteriores dejó de publicarla en 2018. Esto es lo que la reemplazó y cómo verificar hoy que un traductor es oficial de verdad.
Aceptado por Cancillería
Formato oficial que cumple las reglas de la autoridad migratoria.
Sello y firma oficial
Resolución vigente del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
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La respuesta corta
Existe la lista?
No. El Ministerio de Relaciones Exteriores no publica un listado de traductores oficiales desde 2018.
Qué la eliminó
La Resolución 10547 del 14 de diciembre de 2018, que además dejó de reconocer la firma del traductor oficial para efectos de apostilla.
Qué rige hoy
La Resolución 1959 de 2020, que derogó a la 10547. Es la norma vigente y la que hay que mirar, no la de 2018.
Quién certifica ahora
Una universidad con facultad de idiomas acreditada, mediante el examen de idoneidad (artículo 33 de la Ley 962 de 2005). En la práctica lo aplican la Universidad Nacional y la Universidad de Antioquia. Siguen siendo válidas las licencias antiguas del Ministerio de Justicia.
Cómo verificas a un traductor
Pídele el número de su certificado o resolución de idoneidad, y confirma que la traducción lleve firma, sello y la certificación del traductor.
Qué necesita tu trámite
No la lista: una traducción con firma y sello de un traductor oficial. Eso lo resuelves aquí en 24 horas.
Qué pasó con la lista
Hasta 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores mantenía un directorio público de traductores e intérpretes oficiales inscritos. Era la referencia que todo el mundo usaba: entrabas a la página de la Cancillería, buscabas por idioma y ciudad, y salías con un teléfono.
Ese directorio desapareció con la Resolución 10547 del 14 de diciembre de 2018, publicada en el Diario Oficial 50.811. Junto con el listado se fue algo más importante: en su artículo 6, la Cancillería dejó de reconocer la firma del traductor oficial para efectos de apostilla y legalización.
Aquí conviene una precisión que casi ninguna página hace bien, incluida la de varios competidores: la Resolución 10547 ya no está vigente. Fue derogada por la Resolución 1959 de 2020, que es la norma que rige hoy el trámite de apostilla y legalización. La lista sigue sin existir, pero si vas a citar una norma, cita la que está en vigor.
Si llegaste aquí desde una página que te promete el listado de la Cancillería actualizado, desconfía. O es contenido viejo que nadie ha revisado desde 2018, o es un directorio privado presentándose como oficial.
Quién certifica a un traductor oficial en Colombia
Es la confusión más común del tema, y vale la pena separarla bien. La Cancillería no certifica traductores: apostilla y legaliza documentos. Son dos cosas distintas y siempre lo fueron.
Quien acredita a un traductor oficial es una universidad, y eso lo fija el artículo 33 de la Ley 962 de 2005, que modificó el artículo 4 del Decreto 382 de 1951. La ley dice que para ejercer hay que aprobar el examen que aplican universidades públicas y privadas con facultad de idiomas acreditada, y que el documento que expide la universidad certificando ese examen es la licencia para ejercer.
En la práctica el examen lo aplican dos:
La Universidad Nacional de Colombia, en Bogotá.
La Universidad de Antioquia, en Medellín.
Y, aunque ya no se emiten, siguen siendo válidas las licencias que otorgó el Ministerio de Justicia hasta finales de los años noventa.
Por eso la pregunta correcta no es si un traductor está en una lista de la Cancillería —no hay ninguna— sino si tiene el certificado de idoneidad y puede darte su número.
Cómo verificar que un traductor es oficial
Sin lista central, la verificación se hace sobre el traductor y sobre el documento que te entrega. Estos son los cuatro pasos que sirven.
1Pide el número de su certificado o resolución de idoneidad, y el idioma para el que está acreditado. Un traductor oficial lo da sin problema.
2Confirma la universidad que lo acreditó: Universidad Nacional o Universidad de Antioquia, o el Ministerio de Justicia si es una licencia antigua.
3Revisa que la traducción venga con firma y sello del traductor en cada página, no solo en la última.
4Revisa que incluya la certificación del traductor, donde declara que la traducción es fiel y completa y cita su número de resolución.
Un traductor acreditado para francés no puede firmar una traducción oficial de inglés. El idioma hace parte de la acreditación, y es un detalle que se pasa por alto hasta que la entidad devuelve el documento.
Qué cambió para la apostilla
La parte de 2018 que de verdad afecta tu trámite no es la lista, es la firma. Desde entonces, la Cancillería no apostilla ni legaliza la firma del traductor oficial, ni se pronuncia sobre el contenido de la traducción.
Bajo la Resolución 1959 de 2020, que es la vigente, el camino para apostillar una traducción oficial es este: primero se reconoce la firma del traductor ante notario público, y lo que la Cancillería apostilla después es la firma de ese notario. Además, la traducción oficial de cada documento se apostilla por separado.
El otro camino, y el más común, es apostillar primero el documento original y traducir después el conjunto completo, apostilla incluida. Cuál te toca depende de lo que pida la entidad de destino, así que pregúntale a ella antes de empezar.
Qué hacer en lugar de buscar la lista
Si llegaste buscando el listado, lo que casi siempre necesitas de verdad es una traducción oficial válida, no un directorio. Hay dos caminos y los dos son legítimos.
Contactar traductores uno por uno. Publicamos un directorio abierto de traductores oficiales por idioma, con sus datos de contacto, para quien prefiera hacerlo así. Es lo más parecido que hay hoy a la lista que desapareció.
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Nuestro directorio es abierto y no cobramos por aparecer en él ni por consultarlo. Incluye traductores de idiomas que nosotros no trabajamos, porque para alemán, francés o portugués la respuesta correcta es mandarte a un colega, no venderte algo que no hacemos.
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